“Me preocupa que las primeras damnificadas con la reforma tributaria sean las mujeres”

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No permitamos que la falta de discusión con un enfoque de género lleve a aprobar una reforma tributaria que profundice la brecha actual. Acá planteo cuatro preguntas para las que aún no tenemos respuestas.

Le he dedicado varias horas a leer el proyecto de reforma tributaria que el gobierno presentó hace ya unos días. Para poder procesar debidamente 330 páginas en materia de impuestos y cuestiones relacionadas se requieren repetidas lecturas. Entonces, confieso que tengo más preguntas que respuestas en este momento. Espero que quienes van a debatir este documento en el Congreso se tomen muy en serio la necesidad de analizar a profundidad cada una de sus propuestas. Así mismo, espero que la ciudadanía haga lo propio y que, para ello, los medios de comunicación y la academia asuman su responsabilidad de traducir al castellano simple lo que significa para los bolsillos de la ciudadanía cada uno de sus artículos.

Tal como ya lo sabíamos, y lo confirmó la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, el sistema tributario colombiano necesita una reestructuración profunda. Años y años de reformas tributarias parciales y pensadas para el corto plazo convirtieron la regulación tributaria en un galimatías caracterizado por la inequidad. La creación de impuestos transitorios, que aún hoy persisten, y beneficios tributarios con poca sistematicidad, entre otras cuestiones, lo convirtieron en un mar de excepciones que solo los más versados pueden navegar. A modo de ejemplo, la Comisión de Expertos ilustró la disfuncionalidad del sistema por medio de “la exención temporal recientemente otorgada a la industria del turismo [la cual] ha intensificado la desigualdad a través de los sectores de la economía”.

En este sentido, la gran pregunta es si la propuesta del Gobierno está a la altura de este objetivo y del difícil momento económico que vivimos en el contexto de la pandemia. Para ello, quiero destacar algunos de los puntos que, considero, necesitan un examen pausado y serio.

¿Por qué no se adopta un enfoque de género para diseñar y discutir la reforma tributaria?

Como he venido insistiendo en algunas columnas, es determinante que toda propuesta tributaria analice y exponga de manera explícita sus posibles impactos diferenciados en hombres y mujeres. Como era de esperarse, este no es el caso. Ni siquiera se puede rastrear un análisis de este estilo cuando la exposición de motivos indica que el descuento en renta de aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina para empleadores que contraten mujeres mayores de 40 años que durante los últimos 12 meses han estado sin contrato de trabajo va a ser reemplazado por un subsidio.

Haber hecho uso del enfoque de género hubiera implicado, por ejemplo, determinar cuánto supone en costos para las mujeres en edad reproductiva el que los productos de higiene menstrual y anticonceptivos pasen de “exentos” a “excluidos” en materia de IVA. Considerar un bien exento o excluido no es una cuestión neutra. Decir “exento” es indicar que el bien está gravado a tarifa 0 %. Decir “excluido” es indicar que el bien no está gravado con IVA. En la medida en que en el primer caso el bien está gravado a tarifa 0 %, el productor puede descontar los impuestos pagados en la cadena de producción (por ejemplo, un productor de toallas higiénicas puede pedir que se le reembolse el IVA que asumió al pagar los insumos para fabricar las toallas, y en esa medida el costo de producción es menor). Esto no sucede con los bienes excluidos y, por lo tanto, el valor a cobrar al consumidor final sube.

Igualmente, incorporar el enfoque de género hubiera significado analizar el impacto combinado de: primero, eliminar una serie de beneficios tributarios en renta para personas naturales, como el asociado a los aportes que hagan a cuentas de Ahorro y Fomento a la Construcción (AFC); segundo, mantener en un 25 por ciento la exención aplicable a la renta líquida en lo relativo a rentas laborales; y, tercero, integrar la posibilidad de tomar como renta exenta en 2022 y 2023 un porcentaje de las adquisiciones de bienes y servicios, siempre y cuando estén soportadas por factura electrónica.

La gran pregunta es si ese 25 %, más la exención de 2022 y 2023, es una estimación apropiada de todos los gastos que se deben asumir en el hogar, incluido el de pagar el servicio doméstico y de cuidado que les permite particularmente a las mujeres generar ingresos laborales.

Si a esto se suma la eliminación de la deducción mensual de hasta 10 % de los ingresos brutos por concepto de dependientes económicos, el interrogante se hace aún más urgente de resolver.

Esta deducción reconoce los lazos de solidaridad que existen entre los miembros de las familias, pues permite descontar al menos una parte de los gastos que realiza el contribuyente respecto de sus hijos menores de 18 años, de hijos entre 18 y 23 a los cuales les esté financiando la educación en instituciones formales de educación superior, y de cónyuges o compañeros permanentes, padres y hermanos en situación de dependencia económica. Su eliminación (como lo propone la reforma que acaba de presentar el Gobierno), además de implicar una presión económica, podría crear un desincentivo para que los contribuyentes mantengan esas redes de apoyo familiares y, tal vez, impactaría en mayor medida a las mujeres.

Ya el Dane nos ha ofrecido evidencia respecto del desempleo femenino y la feminización del trabajo doméstico y de cuidado sin remuneración. Estas mujeres en diversos estratos pueden depender de estos recursos económicos brindados por el contribuyente (sus padres, cónyuges, compañeros o compañeras, hijos e hijas). Es cierto que son necesarios más estudios para ahondar en esta correlación y en la efectiva inversión de esos recursos en beneficio real de los dependientes. Sin embargo, eliminar la deducción sin evidencia robusta en este punto ignora la importancia de hacerse estos cuestionamientos sobre sus consecuencias.

Otra pregunta que surge es si ese 25 %, más la exención de 2022 y 2023, es real frente a las condiciones de trabajo que se presentan en la pandemia. Ese porcentaje parte de la premisa de que las rentas laborales no implican gastos por parte del empleado para su producción, por cuanto estos son asumidos por el empleador. Esta premisa ya no se sostiene en el mundo del trabajo en casa y del teletrabajo. Ahora los empleados responden por los gastos de los servicios públicos y de conexión a internet necesarios para trabajar. Puede que haya excepciones al respecto, pero hasta el momento parecen ser solo eso, excepciones.

¿Realmente es buena idea gravar con IVA los servicios públicos de los estratos 4, 5 y 6?

Utilizar la cuestionada estratificación socioeconómica del país como una variable que revela de manera aproximada (una “proxy”) el ingreso de los hogares para cobrar IVA sobre los servicios públicos me parece un desacierto. El mismo subdirector de Política Fiscal del Ministerio de Hacienda, Juan Betancur, indicó en un trino del 17 de abril que “[e]l problema de asignar subsidios con base en estratos y no en ingresos es que se asignan recursos públicos según la vivienda, no según quien vive en ella. Muchos ricos viven en viviendas de estratos bajos”. A lo cual yo le contesté que también existe pobreza oculta en los estratos altos.

La pobreza oculta ha sido objeto de varios reportajes. Sin embargo, no son claras las medidas del Estado en esta materia. Imponer un impuesto con base en una “proxy” desactualizada (como lo es el estrato socioeconómico) es abiertamente regresivo. Incluso, podría tener impactos de género negativos si la mayoría de esa pobreza oculta afecta a mujeres. A pesar de que es necesario hacer estudios al respecto, no me sorprendería que este fuera el caso. Las brechas salariales y de empleo que afectan a las mujeres reducen sus posibilidades de tener los recursos necesarios para evitar el empobrecimiento ante reveses económicos.

¿Qué implica la eliminación de la exención sobre aportes a cuentas AFC en impuesto a la renta?

Las cuentas de Ahorro y Fomento a la Construcción (AFC) son un mecanismo de ahorro programado para adquirir vivienda que otorga el beneficio tributario de considerar esos recursos exentos de renta hasta cierto monto. Estas han sido criticadas por ser regresivas, en la medida en que se ha dicho que solo benefician a la población con ingresos más altos. Igualmente, se ha indicado que su existencia también responde a la ausencia de una política integral de vivienda por parte del Estado colombiano. La propuesta para su eliminación en el proyecto de reforma no da la información necesaria para hacerse a una opinión informada en esta materia. Así, el texto de exposición de motivos no ofrece un análisis detallado sobre las razones que soportan su supresión.

Al respecto, en el documento solo se puede leer que la medida no va a afectar el derecho de la ciudadanía a una vivienda digna porque el Estado cuenta con programas de subsidios a la demanda que supuestamente son más efectivos. En este punto, es importante recalcar que esos programas solo benefician a un sector muy particular de la población y no necesariamente cubren a la integridad de la clase media colombiana. El hecho de que Colombia sea el país con más porcentaje de viviendas en arriendo de Latinoamérica parece indicar que la posibilidad de convertirse en propietario en estas tierras no es una tarea nada fácil. De acuerdo con Portafolio, “3 de cada 5 hogares en edad de 15 a 39 años viven en arriendo”.

¿Cuáles de nuestros gastos e inversiones se verán afectados?

Me preocupa que las primeras damnificadas de la reforma tributaria sean las mujeres. ¿Comenzaremos por recortar los servicios domésticos y de cuidado que contratamos y que son ofrecidos usualmente por mujeres? ¿Quiénes asumirán estas labores que ya no son contratadas en el mercado? ¿Las mujeres en dobles y triples jornadas?

Históricamente, las mujeres hemos amortiguado en lo público y lo privado las políticas de austeridad y de contracción de recursos en los hogares. La propuesta del Gobierno de una renta básica para hogares en condiciones de pobreza y pobreza extrema, además de ser una propuesta necesaria, también es insuficiente. El resto de la propuesta de reforma tributaria no indica cuáles medidas se van a tomar para evitar que las mujeres en general terminen siendo ese amortiguador.

Una discusión seria en el Congreso debe pasar por ofrecer información sobre estos interrogantes y comentarios. No permitamos que la falta de discusión o de evidencia lleven a aprobar una reforma tributaria que genere más brechas de género.

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Mujeres

*Este es un espacio de opinión y debate. Los contenidos reflejan únicamente la opinión personal de sus autores y no compromete el de La Silla Vacía ni a sus patrocinadores.

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