Prohibió que las consultas populares frenen proyectos mineroenergéticos. Los empresarios y el gobierno celebran, el movimiento ambiental se organiza.
La Corte Constitucional recarga a los empresarios y a Duque
Con su decisión de echar para atrás la consulta popular en Cumaral, Meta, la Corte Constitucional devolvió el eje de la política mineroenergética al "Estado" y se lo quitó a los municipios. Eso tiene felices a los empresarios del sector, que están recargados en el gobierno de Iván Duque, porque las consultas se estaban convirtiendo en un veto a sus proyectos, y con el fallo de la Corte la gente que los rechace en lo local pierde el principal camino que había encontrado para frenarlos.
Pero aún hay oposición al sector e incluso puede crecer, por lo que los mineros creen que el reto que viene es concertar mejor.
La decisión
Este jueves la Corte decidió una tutela que puso la petrolera Mansarovar Energy para tumbar una decisión del Tribunal Administrativo del Meta que avaló la pregunta de una consulta popular en Cumaral, que se votó en junio de 2017, y en la que ganó la prohibición de la exploración de hidrocarburos en ese municipio. Como la consulta solo se podía hacer con ese aval, al tumbar la decisión del Tribunal se caen los efectos de la votación.
Según el comunicado con el que dio a conocer su decisión, la Corte encontró que el Tribunal no debió darle vía libre a la consulta porque su pregunta “no se limitaba a determinar el uso del suelo como una competencia propia de los municipios y distritos, sino que en realidad buscaba prohibir la realización de actividades de exploración del subsuelo y de recursos no renovables en el municipio de Cumaral”.
En palabras de un magistrado de la Corte, la decisión es “en esencia, como decían los hippies en los sesentas, 'prohibido prohibir' ”.
Su argumento es que, como la Constitución dice que el subsuelo es del Nación, una consulta popular local no puede prohibir actividades como sacar petróleo o minerales, porque al hacerlo impide que el Estado ejerza su derecho de propiedad sobre el subsuelo. Eso a pesar de que esa y otras consultas han avanzado bajo el argumento de que los municipios tienen la función de definir cómo se usa el suelo, y en esa medida pueden prohibir actividades sobre él, más allá de quién es el dueño del suelo o del subsuelo.
En su decisión, la Corte no ignora que existe esa tensión entre los municipios y el Gobierno Central. Su solución es botarle la pelota al Congreso para que “en el menor tiempo defina uno o varios mecanismos de participación ciudadana y uno o varios instrumentos de coordinación y concurrencia nación-territorio”.
El lío es que solo lo exhorta a hacerlo y no le pone un plazo, por lo que el Congreso puede no hacer nada. Eso ya pasó cuando la Corte en 2011 le dio dos años para reformar el Código de Minas, lo que sigue sin hacer, o cuando le puso un plazo igual para regular el matrimonio igualitario. El Congreso no lo hizo y la Corte terminó dándole luz verde por su lado.
En cualquier caso, los mecanismos que debe crear el Congreso no podrán vetar la explotación del subsuelo, por lo que incluso cuando el Congreso los defina, la política minera vuelve a manos del Gobierno.
Eso deja en el limbo a la consulta de Cumaral, y aunque su alcance se limita a esta consulta, puede abrir un debate frente a las otras cuatro que ya se votaron (Tauramena en Casanare, Arbeláez en Cundinamarca, Jesús María y Sucre en Santander) y dejaría sin piso a las 158 que están en trámite o se han anunciado, según la Asociación Colombiana de Minería (ACM).
Además, la Corte volvió a reescribir la minería, prácticamente tachando lo que ya había escrito hace dos años. En ese entonces, como contó La Silla, sacó una seguidilla de sentencias que pasaron el eje de la Nación a los municipios. Entre ellas están la que tumbó seis artículos del Plan Nacional de Desarrollo que irrespetaban la autonomía de los municipios para definir el uso de su suelo y ordenar sus territorios, la que prohibió totalmente la minería en páramos, la que decidió que los concejos municipales podían prohibir la minería en sus territorios, la que revocó la figura de las áreas estratégicas mineras que no tenían consulta previa con los grupos étnicos afectados, y la que puso al Estado a hacer consulta previa a cualquier comunidad afectada por la minería.
Por eso, y como explicó ayer Héctor Riveros en su columna, la nueva decisión muestra que el cambio en los magistrados, con la salida en 2017 de Jorge Iván Palacio y María Victoria Calle, y la llegada de Carlos Bernal, Cristina Pardo y Diana Fajardo, movió a la Corte hacia la derecha, más lejos del activismo y más cerca de los empresarios. De hecho, en la decisión del jueves solo Alberto Rojas, que hacía parte del bloque liberal con Palacio y Calle, salvó el voto.
Eso, además de ser buenas noticias para los empresarios, puede ayudar al Gobierno Duque.
Empresarios felices y Duque con más plata
El comunicado es una victoria para los empresarios del sector minero y petrolero, que criticaron ese uso de las consultas populares como una amenaza para la seguridad jurídica y para sus proyectos.
De hecho, en esta tutela la Corte le dio la razón a la ACM, la Asociación Colombiana del Petróleo (ACP), Mansarovar, Ecopetrol, la Agencia Nacional de Minería (ANM) y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) -entidades del Estado que administran los contratos de minería y petróleo-, que en una audiencia pública de ese proceso, en abril, le pidieron tumbar la decisión del Tribunal del Meta.
En esa ocasión los gremios, las empresas y las entidades nacionales alegaron que la Constitución y la ley es clara en que el Estado, entendido como el Gobierno Central, debe ser quien administra el subsuelo porque todo el país se beneficia de las regalías que recibe cuando las empresas sacan minerales o petróleo.
La Corte les dio la razón y por eso ganaron con la decisión, como se entiende del comunicado que publicó la ACM. En él dijo que la decisión de la Corte da vida a varios proyectos mineros que estaban en riesgo y señales positivas en materia de seguridad jurídica; y aunque la ACP no se pronunció, su vocero, Francisco Lloreda, ha sido enfático en reiteradas ocasiones en que la consulta popular frena la inversión, y ha recordado que en su encuesta de ambiente de inversión (en la que pregunta a sus afiliados cuáles son las barreras para invertir), las consultas populares pasaron a ser la principal preocupación por encima de los impuestos.
Pero este fallo está lejos de resolverles todos los problemas, porque el rechazo sigue.
“No lo veo como una victoria, sino como una gran responsabilidad: la de concertar. Eso es más difícil pero es lo correcto”, nos dijo Santiago Ángel, presidente de la ACM.
De acuerdo con Jaime Arteaga, consultor en temas de estrategia para empresas mineras y petroleras, las empresas de todas formas tienen que hacer un trabajo para ponerse a convencer a las comunidades de que sus proyectos les convienen también a ellos. “La licencia social sigue siendo una condición obligatoria para el negocio, tú no puedes hacer el negocio con las comunidades en contra”, dice.
Aunque el contrato del bloque Lla 69, el de la discordia de Cumaral, se podría reactivar, una fuente cercana a Mansarovar que pidió no ser mencionada porque no es vocera oficial nos dijo que así la empresa decida retomar el proyecto, no será fácil porque hay un ambiente adverso.
De hecho, la victoria de los empresarios no es completa porque la Corte no compartió su otro argumento, que es que en el país hay suficientes espacios de concertación con las comunidades, como las consultas previas y las audiencias en el proceso de licenciamiento ambiental. Así lo dijeron en abril la directora de la ANM, Silvana Habib (a quien Duque mantuvo en el cargo) y el entonces presidente de la ANH, el liberal Orlando Velandia.
Al exigir un nuevo mecanismo de concertación, la Corte muestra que no compró este argumento.
En todo caso, para el presidente Iván Duque el fallo le devuelve el mango de la sartén, pues serán las entidades a su cargo las que tendrán la última palabra sobre si se hacen o no proyectos. Además, sin el lío de las consultas, los empresarios tendrán un obstáculo menos para invertir. Como dijo en un pronunciamiento oficial la Ministra de Minas y Energía, María Fernanda Suárez: “Esperamos que esta decisión permita incentivar la inversión y reactivar el desarrollo social y económico que representa la industria minero-energética para el país”.
Eso, con precios del petróleo por los 80 dólares (y proyecciones al alza para el próximo año), es una luz en medio de los nubarrones financieros del Gobierno pues, según cálculos del Ministerio de Hacienda, por cada dólar extra en el precio del petróleo, a la Nación le entran 394.000 millones de pesos adicionales al año, y por cada 10.000 barriles más de producción petrolera, son 19.000 millones de pesos adicionales.
Pero a la vez puede verse en problemas si las organizaciones ambientalistas aumentan su activismo.
El plan de los ambientalistas
Aunque en el Movimiento Nacional Ambiental, que agrupa a unas cien organizaciones ambientales e impulsó consultas como la de Cumaral, están a la espera de leer la sentencia completa, el comunicado los tiene en alerta.
Desde el viernes impulsaron el hashtag #SinConsultasNoHayDemocracia y tienen pensado sacar a la gente a las calles a protestar.
“Tenemos un gobierno y una Corte al servicio de las corporaciones y no de la ciudadanía”, dijo a La Silla Renzo García, vocero del movimiento. “Los nuevos magistrados son de una línea conservadora y lo que vemos es que están revirtiendo fallos de la misma Corte, no solo con la minería. También con las corridas de toros, con Cerromatoso”, agregó.
Para ellos la decisión sobre la tutela de Mansarovar es errada pues, como expuso el centro de estudios DeJusticia en la audiencia pública de abril y como argumentó el magistrado Rojas en su salvamento, la tutela era improcedente porque Mansarovar no impugnó la consulta en el plazo de diez días que le da la Ley para hacerlo.
Su prueba es que, según el registro oficial de la Corte, el Tribunal abrió ese plazo el 11 de enero de 2017, los diez días hábiles vencían el 24 de enero, y Mansarovar envió la impugnación el 2 de febrero.
Por eso, a juicio del magistrado Rojas, “la decisión de la Sala Plena avaló una conducta negligente de la empresa accionante”.
"La Corte, con esto, manda el mensaje de que ahora cualquier empresa o ciudadano puede revivir una etapa procesal en la que se pasó por la faja los plazos”, complementa Diana Rodríguez de DeJusticia.
Más allá de ese debate, García dijo a La Silla que van a preparar un proyecto de ley que “ratifique la consulta como mecanismo de participación".
Con eso quedó claro que para los ambientalistas la decisión de la Corte es un traspiés, no una derrota, y que una pelea que viene siendo legal, pasará a lo político.
Al final, mientras los proyectos mineroenergéticos sigan sin tener asegurada su licencia social, probablemente la discusión siga adelante.