Para avanzar en la discusión de la regulación de la marihuana medicinal es necesario que se trace un límite claro entre este debate y el del cannabis para usos recreativos. Mezclar estas dos cosas genera un ruido innecesario y distrae la discusión sobre los puntos esenciales.
La marihuana medicinal en sus justas proporciones
Por: Juan Carlos Garzón (@JCGarzonVergara) y Julián Wilches (@julianwilches).
Para avanzar en la discusión de la regulación de la marihuana medicinal es necesario que se trace un límite claro entre este debate y el del cannabis para usos recreativos. Mezclar estas dos cosas genera un ruido innecesario y distrae la discusión sobre los puntos esenciales. La primera decisión es si se abrirá la puerta de la regulación de la marihuana medicinal; la segunda y no menos importante es cómo hacerlo. Esto implica retos complejos dentro de los cuales hay asuntos que deben ser definidos en el Congreso de la República, mientras que otros deben ser abordados por el Gobierno.
Sí, la marihuana tiene usos terapéuticos y medicinales. Esto lo reconoce la comunidad científica internacional y lo reafirmaron sin tabús el Ministro de Salud, Alejandro Gaviria y el Viceministro de Política Criminal, Miguel Samper, en un foro que se realizó en la Comisión Primera del Senado, a propósito del proyecto de marihuana medicinal del Senador Juan Manuel Galán.
En este contexto, es importante considerar que los usos medicinales de la marihuana están permitidos por el marco internacional, así como por la Constitución y la ley colombiana. Es más, unos de los objetivos de las convenciones de estupefacientes de Viena es garantizar la disponibilidad de medicamentos elaborados a base de plantas como la marihuana, la coca y la amapola.
Por ejemplo, la marihuana es usada legalmente con fines terapéuticos y medicinales en 23 estados de los EE.UU., a partir de la hoja de coca se produce cocaína utilizada principalmente en procedimientos maxilofaciales (de hecho, aunque suene paradójico, Colombia ha importado este medicamento producido en los EE. UU.), y a partir de la amapola se producen morfina, anestésicos y otros medicamentos para el dolor.
Adicionalmente, la Constitución colombiana en su artículo 49 establece que “El porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica”. Posteriormente, la Corte Constitucional aclararía que la prohibición acá citada aplica salvo lo dispuesto para la dosis personal. Además, el artículo 3 de la Ley 30 de 1986 indica que la producción, fabricación, exportación, importación, distribución, comercio, uso y posesión de sustancias psicoactivas se limitará a los fines médicos y científicos.
Es decir, lo que se propone en el proyecto de ley que hace trámite en el Congreso es un desarrollo de normas que hacen parte del ordenamiento jurídico colombiano. El marco legal está; la cuestión es quién asume la responsabilidad de desarrollarlo y cuándo.
De otro lado, mucho se ha dicho en los últimos días sobre los efectos de la marihuana recreativa sobre la salud, agregando que estos son menos perjudiciales que los del alcohol. Esto es cierto, aunque habría que precisar que todas las sustancias tienen efectos distintos sobre cada individuo y que factores como la frecuencia, la concentración de los componentes activos o los mecanismos de uso, entre otros, pueden variar significativamente los efectos sobre la salud.
Esto lo ratificó con evidencia en mano el Ministro de Salud en el Congreso (vea el video de la intervención) pero no ha sido el único. El Presidente Obama, en una entrevista de enero de este año, afirmó que no considera a la marihuana más peligrosa que el alcohol.
Sin embargo, el debate de la marihuana medicinal es distinto al de la recreativa. Cuando es usada como medicamento, pretende tener efectos positivos sobre la salud de pacientes con enfermedades como el VIH, glaucoma, epilepsia, o que se encuentran bajo el tratamiento de quimioterapia. En este caso no cabe la comparación entre los efectos nocivos de la marihuana versus los del alcohol, pues este debate pertenece a otro ámbito: el de la marihuana recreativa. Aunque cabe mencionar una excepción en esta discusión, ya que uno de los temas que la comunidad científica sigue con atención es si el cannabis podría ser un sustituto para el alcohol, lo cual tendría importantes repercusiones en el plano de la salud pública.
Hacer esta distinción es conveniente para llevar la discusión a sus justas proporciones. Lo que se está debatiendo es la posibilidad de que pacientes que así lo requieren tengan acceso a un medicamento, lo cual es muy distinto a regular la disponibilidad de la marihuana con fines recreativos.
Justamente por lo anterior, también es conveniente aclarar que la regulación de la marihuana medicinal no es una medida orientada a combatir el crimen organizado, pues la participación de la marihuana medicinal en el mercado general de la marihuana es mínima. Cabe recordar que en Colombia más del 11% de la población ha usado marihuana alguna vez en su vida, y más del 3% lo ha hecho en el último año. Además, las autoridades del país incautan en promedio aproximadamente una tonelada de esta planta diariamente. Esto traducido en pesos es mucho dinero en manos de las organizaciones criminales dedicadas a su producción y distribución en grandes cantidades.
Sin embargo, no es de esperarse que la regulación de la marihuana medicinal tenga efectos en la tendencia del consumo ni sobre el mercado ilícito de esta sustancia en el país. Lo tendría si lo que se estuviera discutiendo en el Congreso fuera la regulación de la marihuana en general, incluida la destinada al consumo recreativo. Esto es algo que ya hicieron en Uruguay como medida de lucha contra el crimen organizado (además de la salud pública y los derechos humanos), y los estados de Washington y Colorado en los EEUU. En estos lugares la regulación del mercado de la marihuana pasó de las manos de las organizaciones criminales al Estado. Pero esa es otra discusión.
En estos dos asuntos (consumo recreativo y lucha contra el crimen organizado) conviene definir bien los límites con la discusión de la marihuana con fines medicinales. Pero resuelto esto, que es sólo la punta del iceberg, sigue lo más complicado: ¿cómo sería la regulación de la marihuana medicinal concretamente en el caso colombiano?
El proyecto que se discute en el Congreso autorizaría al Gobierno Nacional a la siembra, la cosecha y el uso del cannabis con fines de investigación científica o para la elaboración de productos terapéuticos o medicinales. Además, le otorga al Gobierno un plazo de un año para que reglamente esta cuestión.
Expertos internacionales como Mark Kleiman y Beau Kilmer sugieren una serie de asuntos que deben ser considerados al momento de iniciar un proceso de regulación de la marihuana (medicinal), entre los cuales se encuentran, por ejemplo, ¿quién la produciría, el Estado tendría el monopolio o delegaría esto en los privados?; ¿qué entidad controlaría la producción y la distribución?; ¿cómo prevenir el desvío de la sustancia hacía otras poblaciones distintas de los pacientes que la usarían legal y legítimamente?; ¿la marihuana con fines medicinales podría ser usada por menores de edad?; entre otros.
Algunos de estos asuntos podrán ser definidos por el Gobierno Nacional por mandato del legislador, mientras que otros pueden ser abordados y discutidos en el Congreso. Al respecto, se esperaría que en manos del Ministerio de Salud queden los elementos técnicos, que son susceptibles de modificarse en el tiempo - como la aparición de nueva evidencia - o a partir de la evaluación que debe hacerse muy cercana y juiciosa sobre la hipotética implementación de la iniciativa de la marihuana medicinal. Por su parte, el Congreso tiene la oportunidad de definir los lineamientos generales que le den el norte al proceso posterior.
Contemplar estos asuntos desde ahora, aun si no se tienen las respuestas, le generará mayor profundidad a la discusión y permitirá reducir los temores y prejuicios que siguen existiendo cuando de drogas se trata. El debate en el Congreso no será fácil, la regulación tampoco. En todo caso, si se trata de valorar las distintas opciones políticas, pocas cosas podrán ser peores que la prohibición. Los legisladores tienen una gran responsabilidad en sus manos, superando los mitos y llevándolos a sus justas proporciones.