¿Prohibir publicidad de entidades territoriales en Ley de Garantías?

Debate

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Eduar Martínez Segura
Eduar Martínez Segura

Con la expedición de la Ley 996 del 2005 o -Ley de Garantías Electorales-, Colombia avanzó en el diseño de medidas para evitar las malas prácticas respecto al uso de los recursos públicos en época electoral. La norma determinó que durante los durante los cuatro meses anteriores a cualquier elección, se debe paralizar la contratación pública en las regiones. Pese a todo lo anterior, la corrupción ha logrado encontrar fórmulas para evadir está norma y beneficiar a algunos candidatos. En medio de la actual contienda electoral en la que se busca elegir Gobernaciones, Alcaldías, Asambleas Departamentales, Concejos y Juntas Administradoras Locales, se ha estado cuestionando públicamente el papel de las entidades territoriales en el posicionamiento de los candidatos que los sucederán en el cargo, por cuanto destinan un alto número de recursos para publicitar sus logros u ejecuciones. Para quienes aspiran a elegirse en algún cargo dentro de las presentes elecciones de Autoridades Locales resulta mucho más eficiente presentarse como candidato de la continuidad y aprovechar incluso las coincidencias publicitarias de su eslogan de campaña con los de la administración. Con el panorama expuesto, es pertinente preguntar sobre la necesidad de ampliar dentro de las directrices de la Ley de Garantías la prohibición de hacer publicidad respecto a sus acciones como administración y, evitar que los recursos usados para tal fin beneficien a ciertos candidatos.

*Este es un espacio de opinión y debate. Los contenidos reflejan únicamente la opinión personal de sus autores y no compromete el de La Silla Vacía ni a sus patrocinadores.

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