Hace una semana la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá produjo la sentencia más importante hasta el momento en Justicia y Paz: la condena a Salvatore Mancuso y otros seis paramilitares por el conjunto de crímenes cometidos por el Bloque Catatumbo de las AUC.
Las cifras del terror paramilitar son escalofriantes
La sentencia condena a siete paramilitares por 22 delitos distintos (desde narcotráfico hasta desaparición forzada, pasando por tortura, desplazamiento forzado y tráfico de estupefacientes), que incluyen por lo menos 174 asesinatos (ese es el número de cadáveres que se han encontrado), nueve masacres y 19 incursiones a zonas pobladas para asesinar personas y crear un régimen de terror. Estas cifras escalofriantes se dan en un puñado de municipios en el Norte de Santander y solo durante cuatro años, de 1999 a 2001.
El paramilitarismo era, sobre todo, un mecanismo de control social
En muchas investigaciones académicas y en denuncias públicas como la del entonces representante a la Cámara por Tolima Hugo Zárrate en 2004, se ha señalado que el paramilitarismo tenía como función esencial controlar a la población. La sentencia afirma que, efectivamente eso fue así.
“El paramilitarismo buscó siempre el sometimiento de la población en los lugares donde tuvo injerencia y operación con el fin de mantener el control sobre las comunidades”, afirma la sentencia. También explica que el Bloque Catatumbo mató a por lo menos 13 delincuentes comunes y expendedores de droga criminales en una política de "limpieza social".
Por ejemplo, la sentencia muestra más de 20 asesinatos que hizo el Frente Frontera del Bloque Catatumbo en Cúcuta en 2002, la mayoría por motivos que nada tenían que ver con la lucha contra la guerrilla.
Uno fue el de Luis Manuel Gómez y Sergio Armando Sotelo por supuestamente ser indeseables, después de lo cual dejaron grafitis como "fuera viciosos", "fuera zorras" o "muerte a ratas"; otro, el de cuatro personas en la ciudadela Juan Atalaya, que supuestamente formaban una banda de delicuentes; un tercer caso fue una matanza indiscriminada a siete personas (que dejó heridas a otras dos, incluyendo una niña de 10 años) en una taberna del bar Cecilia Castro, porque supuestamente era un lugar de encuentro de criminales y de consumidores de droga; otro más el asesinato de Genarina Gómez por supuestamente administrar una "olla"; y uno más la muerte de un habitante de la calle, víctima de una granada que lazaron dos paras a un lugar de encuentro de indigentes.
El objetivo principal de los paramilitares no era acabar la guerrilla
"Es claro que el fenómeno del paramilitarismo (...) distó mucho de consistir en la conformación de un grupo cuyo objetivo principal o único fuera el combate a los movimientos subversivos, aunque tales enfrentamientos se dieron en algunas ocasiones," dice la sentencia.
En toda ella solo se menciona de pasada la existencia de enfrentamientos con la guerrilla, y solo como consecuencia de la masacre, por las AUC, de más de 60 personas desarmadas en Socuavo, Carboneras, Tibú y La Gabarra. Por eso, según la sentencia, el Bloque no operó con enfrentamientos armados con la guerrilla sino "mediante la comisión de homicidios selectivos en la modalidad de masacres".
Además, queda claro que el Bloque Catatumbo tuvo un papel tan activo el narcotráfico que, según Mancuso, en cinco años en el Catatumbo recogieron 120 toneladas de cocaína.
Según el fallo, las AUC empezaron como un grupo antisubversivo y por ello, por ejemplo, decidieron expandirse a zonas de alta presencia guerrillera como el Catatumbo. Otra prueba de ese rasgo es que en sus escuelas de formación había cátedras de adoctrinamiento ideológico, como las que dirigió el ex subdirector del DAS José Miguel Narváez, que enseñaban las relaciones íntimas que había entre el Partido Comunista y las Farc y que había "guerrilleros de civil" en ONG de derechos humanos.
Ese adoctrinamiento, según la sentencia, llevó a que “por orden de Carlos Castaño se puso la bomba de 500 libras al director del periódico Voz, se realizó el atentado contra Wilson Borja, el secuestro de Piedad Córdoba, y el seguimiento e inteligencia que se hizo sobre los directores del Colectivo José Alvear Restrepo y la Comisión Colombiana de Juristas”
El Estado fue cómplice
Para la sentencia, la relación de los paramilitares con funcionarios del Estado no fue una suma de casos aislados, porque hay un patrón de conductas que se repiten en diferentes regiones. Además, se refiere a "una tácita aceptación del debilitamiento gradual del poder estatal a cambio del fortalecimiento de las estructuras irregulares."
Aunque no llega a una conclusión porque el proceso solo investigó lo ocurrido en el Catatumbo, deja planteadas varias dudas: "Para la sala resulta, inquietante por decir lo menos, que todo el movimiento paramilitar haya tenido un surgimiento de tal representación, se hayan constituido y ejecutado las incursiones paramilitares en la zona suroccidental (Bloque Libertadores del Sur), en la zona oriental (Bloque Centauros) y en la zona nororiental del país (Bloque Catatumbo) y las instituciones a nivel nacional, regional y local no hayan observado tal proceso desde su preparación hasta su consolidación."
Por eso, pide a la Fiscalía que investigue si algunos funcionarios tienen la misma responsabilidad penal que los siete paras condenados y por esos mismos delitos.
Los paras ayudaron a cometer "falsos positivos"
Además de las ya conocidas masacres a pobladores para intimidar y de los asesinatos selectivos a supuestos colaboradores de la guerrilla, los paramilitares ayudaron a los militares a realizar ejecuciones extrajudiciales para que las mostraran como bajas en combate.
En concreto, la sentencia condena a los siete paras por el asesinato de cuatro personas (incluyendo un menor de edad) en La Gabarra en agosto de 1999, a quienes bajaron de un vehículo, los obligaron a ponerse uniformes del Ejército y luego se los entregaron a una patrulla militar para que los asesinaran.