OPINIÓN

Cuando el delito es ser negro

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La suerte de Campo Elías y de la democracia cartagenera se encuentran en manos del Consejo Superior de la Judicatura que en segunda instancia debe resolver la tutela que pretende declarar la ilegalidad de la suspensión del mandatario.

El alcalde de Cartagena Campo Elias Terán Dix fue elegido en octubre de 2011 avalado por el partido ASI, Alianza Social Independiente, con mas de ciento sesenta mil votos, el 54 por ciento del total del escrutinio.

La suya fue una elección arrolladora, precedida de una campaña en la que los sectores populares cartageneros se vieron identificados con quien había sido su voz en los medios de comunicación y votaron masivamente por la renovación.

Sin embargo, sobre Campo Elias y su gestión, empezaron a aparecer fuertes críticas desde antes de su posesión. La sombra de su amistad con el polémico empresario Carlos Mattos, la influencia que éste pudiere tener sobre el alcalde y la decepción de quienes clamaban por la renovación de la clase política, empañaron las esperanzas de cambio.  

Un gran sector de su electorado e importantes generadores de opinión vieron con decepción la conformación del gabinete de quien encarnaba las esperanzas populares: las cuotas burocráticas de mayor relevancia fueron proveídas con personas allegadas al clan electoral de los García Romero.

La de Campo Elias ha sido una vida llena de altibajos; para muchos, el negro formado en el corazón del pueblo cartagenero que se ganaba la vida repartiendo ¨arepa`e huevo¨  preparada por su mamá, que forjó un nombre y una influencia real sobre las clases populares de La Heroica a través de su trabajo en los medios de comunicación, terminó convertido de la noche a la mañana en un político atrapado en las turbias aguas del poder que fustigaba desde afuera pero que desconocía por dentro.

Muchos previeron el desastre en el gobierno de Campo Elias, él carecía de experiencia en la administración pública y migraba de los micrófonos al poder, montado en la popularidad que obtuvo como intermediario entre sus oyentes en las clases populares y los funcionarios que debían atender sus necesidades.

Así estaba el mandatario cartagenero; atrapado entre sus financiadores y quienes movieron las maquinarias políticas para llevarlo al poder, cuando su salud le jugó otra mala pasada: Fue diagnosticado con cáncer pulmonar y fue incapacitado para ejercer sus funciones.

Ya para ese entonces desde el poder central en Bogotá se buscaban fórmulas para "salvar a Cartagena", eufemismo desgastado por el exacerbado centralismo que no oculta el deseo de tomar los poderes regionales cuando no los puede ganar en las urnas. Por lo tanto, la incapacidad cayó de perlas.

Sin embargo y como para que no quedaran dudas del deseo de "salvar a Cartagena", la Contralora General de la República abrió diligentemente un proceso de responsabilidad fiscal en contra del alcalde Campo Elías Terán.  

La razón: el supuesto daño fiscal derivado de la omisión de un contratista del Distrito de Cartagena quien al parecer, no pagó algunas de las obligaciones parafiscales de sus trabajadores.

Discutible es que sea la Contraloría General la que haya abierto el mencionado proceso fiscal; entre otras razones, porque los recursos con los que se pagó el contrato investigado eran distritales y no nacionales, caso en el cual la competencia para adelantar el proceso no sería de la Contraloría General sino de la del Distrito de Cartagena.

Mas allá de eso, no se entiende de dónde saca la Contraloría General que el no pago de parafiscales de un contratista del Estado sea considerado un detrimento al patrimonio público; con lo cual, es bastante improbable que estemos en presencia de un daño fiscal, requisito indispensable para que la Contraloría pueda abrir un proceso de responsabilidad fiscal.

Como si fuera poco y en gracia de discusión; si realmente se hubiese cometido la conducta por parte del contratista y ello hubiere causado un detrimento patrimonial ¿cómo puede el Alcalde de una ciudad responder por esa conducta? 

¿Está la Contraloría General de la República pretendiendo obligar a que todos los alcaldes municipales, gobernadores departamentales y en fin, todos los ordenadores del gasto público, revisen y den fe de autenticidad de cada una de las planillas de pagos de las obligaciones parafiscales de los empleados de los particulares contratistas del Estado?

Pero el tema de discusión va mucho más allá: la señora Contralora Sandra Morelli, echando mano de la figura consagrada en el artículo 268 numeral 8 de la Constitución Política, solicitó la suspensión del investigado Campo Elías Terán bajo la figura de "verdad sabida y buena fe guardada" mientras éste se encontraba en su incapacidad médica.  

Ese artículo constitucional tiene finalidades específicas que buscan que el investigado no pueda torpedear la investigación, alterar el curso del proceso de responsabilidad fiscal o seguir cometiendo la conducta. La pregunta es ¿podía el incapacitado Campo Elías cometer alguno de los anteriores actos? Es más; de regresar a su cargo ¿podría alterar las pruebas que ya reposan en manos de la Contraloría y en las bases de datos de las empresas prestadoras de salud?

Las respuestas son: no. Sin embargo, la realidad es que el negro Campo Elías sigue suspendido de su cargo pese a que su incapacidad médica ya desapareció según certifican sus galenos y puede reintegrarse a cumplir con sus labores de alcalde. 

La democracia constitucionalmente consagrada en nuestro ordenamiento le dio la victoria en las urnas a Campo Elias Terán para ser alcalde de Cartagena y su mandato solamente puede ser revocado por quienes libremente lo eligieron.  Las apreciaciones políticas o de generadores de opinión que desde la oposición o desde los escritorios de Bogotá sienten que el negro Terán es un desastre como burgomaestre, no les dan la razón para que de un plumazo, usando los poderes del estado central, terminen birlando la decisión del pueblo en las urnas.

La suerte de Campo Elías y de la democracia cartagenera se encuentran en manos del Consejo Superior de la Judicatura que en segunda instancia debe resolver la tutela que pretende declarar la ilegalidad de la suspensión del mandatario.

Mientras tanto, según la "verdad sabida y la buena fe guardada" de la Contralora Morelli, Campo Elias Terán debe seguir por fuera del cargo.

Twitter: @carlossuarezr

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