OPINIÓN

Justicia Penal Militar

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El nuevo Ministro ha planteado la necesidad de revisar y fortalecer la justicia penal militar. Como simple observador creo que se necesita una jurisdicción especializada para juzgar las acciones de los militares, la cual debe indagar sólo sobre posibles crímenes relacionados con actos del servicio.  

El nuevo Ministro ha planteado la necesidad de revisar y fortalecer la justicia penal militar. Como simple observador creo que se necesita una jurisdicción especializada para juzgar las acciones de los militares, la cual debe indagar sólo sobre posibles crímenes relacionados con actos del servicio.  

Sin embargo, para mí no es claro si la justicia penal militar actúa, si juzga, si condena, ni por qué tipo de actuaciones lo hace. Mi percepción es que no actúa, condena muy poco y no aborda los casos más relevantes.  Para esta entrada decidí mirar los informes de gestión de la Justicia Penal Militar, disponibles en . En rendición de cuentas hay  7 informes, desde 2004 hasta 2010. Los mismos contienen una visión de los retos, los planes, los logros y una serie de estadísticas. Una lectura preliminar permite señalar:

  • En 2004, se reconocía el desprestigio de la justicia penal militar e incluso se concluía que en varios de los despachos se notaba el “temor a iniciar investigaciones penales que regularmente involucran a personal envuelto en combate”.
  • En el 2005 se adelantó un plan de descongestión llamado “Temis”. En años posteriores este plan es visto como una referencia “exitosa”.
  • En el 2006 se aprobó la ley 1058, impulsada por el Ministerio y la cual “supuestamente” había fortalecido y solucionado buena parte de los problemas de la Justicia Penal Militar.
  • El informe del 2010 inicia señalando que “en el 2009 la Justicia Penal Militar alcanzó el 100% del cumplimento de su Plan de Acción y planes de mejoramiento dentro del modelo de Gerencia Pública Activa, y en el primer semestre del 2010, ha superado las metas de cumplimiento planteadas”.
  • Cada año se reportan entre 14.000 y 16.000 procesos.
  • Cada año se reportan cerca de 2.000 sentencias. De ellas, entre el 82% y el 85% son condenatorias y el resto absolutorias.
  • Los delitos sobre los que más se actúa, son la deserción y el homicidio.
  • No se presentan series de tiempo para todos los años y no es fácil establecer, de la información disponible,  sobre qué tipo de  delitos se presentan las condenas.

Resumiendo, la versión oficial de los informes de gestión nos indican que: primero, los militares encargados del tema son conscientes de la mala imagen de su sistema de justicia y desde el 2004 están adelantando acciones para corregirlo. Segundo, ya se realizó una reforma legal y se ejecutó “exitosamente”, un plan estratégico para el tema. Tercero, la mayor parte de las actuaciones del sistema son fallos condenatorios y la deserción es el principal delito relacionado con el servicio. 

Con esta visión, se puede llegar a dos conclusiones diametralmente opuestas: Por un lado, el Ministro está mal informado y la justicia penal militar funciona bien y el tema solo amerita un respaldo a la actual estrategia y una mejor comunicación de sus resultados, o por el contrario, los reportes de gestión muestran cuán equivocados están los responsables del tema.

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