Ayer la Cámara aprobó en último debate la reforma constitucional de equilibrio de poderes. Mientras se resuelve la conciliación entre lo que se aprobó en el senado y el texto que salió de la Cámara, estas son las 10 grandes transformaciones que introduce la reforma al equilibrio de poderes
Menos juego para el Presidente
El pasado miércoles, como ocurrió en los siete debates anteriores, el Congreso aprobó con grandes mayorías la eliminación de la reelección presidencial, que nació en el 2004 con la reforma constitucional presentada por el gobierno de Álvaro Uribe. Además le puso un candado, pues prohibió que se reviva a través de una reforma constitucional vía Congreso.
Ahora, quien gane las elecciones presidenciales de 2018 no podrá volver a ser Presidente cuando salga en 2022, ni siquiera con un cambio como el del ‘articulito’ de Uribe. Solo podría hacerlo si gana un referendo o lo permite una asamblea constituyente. Por eso, el primero en perder poder será el presidente siguiente.Se acaban las carreras eternas
Además de la eliminación a la reelección presidencial, la mayoría de los altos cargos públicos del país también perdieron el privilegio de reelegirse. Esa nueva medida cobija a los magistrados de las Altas Cortes, los de la Comisión de Aforados y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (que esta reforma crea), y para las cabezas de Procuraduría, Contraloría, Fiscalía y Defensoría del Pueblo.
Además, la reforma prohíbe explícitamente que estos funcionarios, empezando por los magistrados, salten de una corte a otra, o pasen a un órgano de control, por lo menos de manera inmediata, pues los inhabilita para ser nominados o elegidos para un alto cargo en el año siguiente a cuando abandonen el que tienen.
Por eso, los magistrados actuales, el Fiscal Eduardo Montealegre, el Procurador Alejandro Ordóñez, el Contralor Edgardo Maya y el Defensor Jorge Armando Otálora, también están entre quienes pierden poder.
Lo que falta:El Senado incluyó dentro de la lista de funcionarios ‘no reelegibles’ y sobre los que rige la inhabilidad de un año para aspirar a cargos públicos al Auditor General de la República, a los Contralores Departamentales, Distritales y Municipales, y a los personeros municipales y distritales. En el texto que salió de la Cámara de Representantes no se incluyeron.
Aunque por el lado del Auditor General parece que no va a haber mucha pelea, la excusión de los funcionarios regionales sí puede ser clave. Muchos de estos contralores y personeros -que son elegidos por los concejos o las Asambleas departamentales- suelen ser fichas políticas cuyas decisiones tienen incidencia en el poder local. Lo que falta es saber si ellos pierden poder también.
Además, tras salir de estos cargos donde no sólo tienen poder de manejo de presupuesto y de nómina, muchos se han lanzado a la política. En esa lista están por ejemplo, el hoy Senador Germán Varón Cotrino, que fue personero de Bogotá. El caso más reciente es el de la ex contralora de Bello, Antioquia, Eva Inés Sánchez, que renunció a ese cargo en octubre y hoy es la candidata conservadora a la Gobernación de Antioquia, respaldada por el parapolítico Óscar Suárez Mira.Los representantes, con menos poder para presionar
Con más de 1000 investigaciones acumuladas en 60 años de existencia, en las que solo sacó adelante una contra el entonces presidente Ernesto Samper, se eliminó de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes. Ahora la investigación de los magistrados de las Altas Cortes y del Fiscal General de la Nación queda en manos de la nueva Comisión de Aforados que tendrá dientes para investigarlos y acusarlos, ante el Senado (si es un proceso disciplinario) y ante la Corte Suprema (cuando sea un delito penal). Y eso deja a los representantes sin un fortín para meterle miedo y presión a otros altos funcionarios.
Les queda una última oportunidad: la reforma le da un año a la Comisión de Acusaciones para que resuelva los procesos que tiene represados. Ahí queda, por ejemplo, el reciente caso del magistrado Jorge Pretelt. Si en ese plazo no se resuelve, pasará a ser competencia de la Comisión de Aforados.
Esto podría cambiar las fuerzas de poder también en el Senado, si se asume que esta Comisión de Aforados ahora sí va a acusar a los altos funcionarios (algo que, como es su única razón de ser, es probable). Esto porque el Senado ahora sí podrá ejercer su función de llevar a cabo el juicio político en procesos disciplinarios.
Lo que faltaLa conciliación tendrá que definir cuántos magistrados integrarán la Comisión de Aforados. Aunque el Gobierno radicó un proyecto con siete, en el texto que salió del Senado terminó con cinco, y de la Cámara de Representantes salió con tres.
Los magistrados serán elegibles a partir de concurso o convocatoria pública
La reforma cambia el poder interno de la rama judicial, en la que regía el viejo corporativismo bajo el cual, por ejemplo, los magistrados de la Corte Suprema y el Consejo de Estado eran nombrados por las mismas corporaciones a partir de una lista definida por el Consejo Superior de la Judicatura. Ahora, esos procesos se adelantarán por un mecanismo más abierto, lo que en principio abre la puerta para que lleguen nuevas figuras a la rama judicial y para que las altas cortes pierdan la posibilidad de poner a sus fichas. Lo vuelve más democrático.
Los magistrados de la Corte Suprema y el Consejo de Estado seguirán siendo elegidos por cada Corte de una lista de 10 elegibles ahora enviada por el Consejo de Gobierno Judicial. Pero esta lista de 10, y este es el cambio clave, se definirá a partir de un concurso o convocatoria pública (esto lo tendrá que definir la conciliación) adelantada por la Gerencia de la Rama.
Se debilita la rosca judicial
Se acaba el poder que tenían hasta ahora los magistrados de las Altas Cortes y los jefes de los órganos de control de nombrarse entre sí o a sus familiares. Ahora no podrán postular, nombrar ni contratar a quienes hayan participado en su propia elección.
El año pasado el Consejo de Estado ya había señalado que esto estaba prohibido, en las sentencias que anularon las elecciones dos dos ex magistrados de la Corte Suprema (Francisco Ricaurte y Pedro Munar) como magistrados del Consejo Superior de la Judicatura. Pero como era una jurisprudencia sin antecedentes, podía cambiar. Ahora, con la prohibición en la Constitución, no quedan dudas de que se mantendrá esa prohibición.
Esa situación no solo ocurrió en los casos de Ricaurte y Munar. El Consejo de Estado está analizando una demanda para tumbar la reelección del Procurador, Alejandro Ordóñez, precisamente por eso. Como contó La Silla, Ordóñez nombró en esa entidad a 31 amigos de senadores, nueve ex senadores, y 22 amigos y familiares de los magistrados de las altas cortes. En últimas, esos senadores eran los encargados de definir su elección.