La Sala de Instrucción de la Corte solo definió la libertad del expresidente. Sigue un largo proceso que tendrá varias etapas antes de llegar a una decisión final.
La Sala de Instrucción de la Corte solo definió la libertad del expresidente. Sigue un largo proceso que tendrá varias etapas antes de llegar a una decisión final.
Lo que hizo hoy la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia por unanimidad, al cobijar con medida de aseguramiento domiciliaria a Álvaro Uribe Vélez, fue apenas definir la libertad del expresidente y senador, mientras lo sigue investigando por su presunta participación en los delitos de fraude procesal y soborno.
Todavía faltan varias etapas antes de la decisión final.
La Sala se decidió tras tres días de discusión de la ponencia del magistrado Cesar Reyes, quien asumió el caso luego de que la magistrada Cristina Lombana se declarara impedida para conocer los casos del expresidente.
Aún no se conocen detalles del debate, pero lo que se había filtrado hasta ahora es que durante la primera sesión, el pasado jueves, tres de los cinco magistrados que conocieron el caso, incluido Reyes, estaban a favor de que Uribe quedara detenido; y que finalmente todos habrían coincidido en que sí era necesario.
Esta decisión solo se toma si se cumplen por lo menos una de estas condiciones: que puede afectar el proceso estando en libertad, represente un peligro para la comunidad o pueda volarse.
Por eso, según nos dijeron tres abogados penalistas por aparte, en el expediente contra Uribe deben existir pruebas con indicios muy contundentes.
Sin embargo, esta determinación solo marca otro paso dentro del proceso del expresidente, quien deberá estar detenido en el domicilio que él elija, por lo menos durante un año que es lo máximo que puede durar, en principio, esa detención preventiva.
Este es el camino que deberá transitar el caso.
Jaime Granados, defensor de Uribe, podrá interponer un recurso de reposición contra la medida de aseguramiento, que resolvería la misma Sala de Instrucción. Como los mismos cinco magistrados la estudiarán, es poco probable que Uribe quede libre.
Sobre la posibilidad de pelear esta decisión, el penalista Francisco Bernate dice que el recurso debería interponerse ante la Sala de Casación Penal, que es el superior de la Sala de Instrucción, para evitar que los mismos magistrados que la emitieron decidan sobre si deben revocarla.
Eso está en el aire porque la Sala de Instrucción es tan nueva que muchos detalles de su funcionamiento no son del todo claros ni tienen precedentes.
Como la medida es cautelar y su vigencia es de un año, lo que también puede pasar es que, si al final llevan a juicio a Uribe -el siguiente paso-, éste solo afronte una parte del proceso en detención domiciliaria.
Formalmente deben transcurrir 120 días entre esta decisión de hoy y la acusación o preclusión, y en este periodo las partes podrán recaudar y presentar más pruebas, además habrá un término corto de alegatos de ocho días hábiles para que las partes defiendan por qué se debe iniciar o no el juicio.
Aunque normalmente los tiempos no se cumplen, por aplazamientos de las audiencias que pueden estar o no justificados, si se demuestra que ha transcurrido un tiempo muerto que no es culpa del acusado, éste puede pedir la libertad por vencimiento de términos.
Dado que los cinco magistrados ya ordenaron la detención de Uribe, según nos dijeron tres penalistas por aparte, es muy probable que la decisión final de esa Sala sea acusar al expresidente y arrancar el juicio formalmente en su contra. De ser así, Uribe deberá pasar a la Sala de Primera Instancia de la Corte.
Esta sala está conformada por tres magistrados, pero en este momento solo hay dos en propiedad. Son Ariel Augusto Torres y Jorge Emilio Caldas Vera.
La vacante la dejó Ramiro Marín, quien era el presidente de esa sala y a finales del año pasado renunció argumentando motivos personales y de salud. Él era magistrado encargado del caso del ‘Cartel de la Toga’.
La acusación la haría la Sala de Instrucción frente a esta Sala, que haría el juicio y debería declarar culpable o inocente a Uribe en primera instancia. De darse esa situación, como cualquiera de las partes podría apelar, el proceso llegaría a la Sala de Casación Penal, que es el máximo órgano de la justicia penal en Colombia.
Si el expediente llega a este punto, solo excepcionalmente se podrán practicar pruebas y la decisión la tomarán los seis magistrados de esa sala. Dado que llegar a aquí puede demorar uno o varios años, dependiendo de aplazamientos, de la celeridad con que se obtengan las pruebas nuevas u otras como recusaciones o solicitudes de nulidad; son inciertos los nombres de los magistrados que se encargarían de tomar esta decisión.
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