El largo y tortuoso camino que falta para juzgar a Pretelt

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Hoy, por primera vez desde que existe la Constitución de 1991, la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes decidió aceptar una acusación contra un aforado, el magistrado Jorge Pretelt, por el escándalo del soborno de 500 millones para fallar una tutela a favor de la fiduciaria Fidupetrol. A pesar de lo histórico de la decisión falta un trecho largo y tortuoso para que Pretelt enfrente un juicio, si es que eso llega a ocurrir.

 

 

Hoy, por primera vez desde que existe la Constitución de 1991, la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes decidió aceptar una acusación contra un aforado, el magistrado Jorge Pretelt, por el escándalo del soborno de 500 millones para fallar una tutela a favor de la fiduciaria Fidupetrol. A pesar de lo histórico de la decisión falta un trecho largo y tortuoso para que Pretelt enfrente un juicio, si es que eso llega a ocurrir. La Silla contabilizó los días que como mínimo por ley durará el trámite, pero cada etapa puede durar muchas semanas más.

Sobre todo, porque desde que se aprobó la reforma al Equilibrio de Poderes, a la Comisión de Acusaciones de la Cámara sólo le queda un año de vida y mientras tanto rige un régimen de transición en el que aún no se sabe qué va a pasar mientras empieza a funcionar la nueva Comisión de Aforados que tendrá a cargo este tipo de decisiones.

Aún así, éste es el camino que todavía falta para arranque el juicio contra Pretelt (haga clic en cada frase):

Bedoya le manda la acusación al presidente de la Cámara

Plazo: 1 día

Con su resolución acusatoria contra Pretelt aprobada por la Comisión, el representante investigador Julian Bedoya se la debe trasladar al Presidente de la Cámara de Representantes, Alfredo Deluque. La ley determina que esto tendrá que suceder al día siguiente, es decir, mañana. La Silla supo que efectivamente mañana el Representante Julián Bedoya trasladará el expediente al despacho del presidente de la Cámara de Representantes.
 
El Presidente de la Cámara cita a Plenaria

Sin plazo

El Representante de la U Alfredo Deluque debe citar a la plenaria para enterarla oficialmente de la decisión.
 
Plenaria de la Cámara se reúne y decide

Plazo: 20 días

La Cámara se debe reunir en pleno para estudiar la acusación aprobada por la Comisión, y para eso tiene cinco días hábiles. Es decir, debería darse a finales de la otra semana o comienzos de la siguiente. La plenaria de la Cámara tendrá 15 días hábiles más para decidir si acepta o no la acusación. Como la ley no establece específicamente con qué mayoría o quorum decide, se asume que será el de una decisión ordinaria, es decir, deben estar presentes mínimo 84 representantes y decide la votación de la mayoría de ellos.
 
Proceso llega a la Comisión de Instrucción del Senado

Plazo: 4 días

Si la Cámara de Representantes acepta la acusación, la plenaria también debe elegir a un Representante para que ejerza como acusador ante el Senado, decisión para la cual sí se necesita una mayoría absoluta (es decir, el voto de 84 representantes).

A su vez, el Presidente de la Cámara tiene dos días para enviar el expediente al Presidente de la Comisión de Instrucción del Senado (la versión de la Comisión de Acusaciones en el Senado). Hoy esta comisión no existe porque ésta sería la primera vez que un caso de la Comisión de Acusaciones avanza tanto como para armarla. El anterior presidente del Senado, José David Name, intentó crearla en marzo de este año pero no se pudo hacer, según le dijo a La Silla y el nuevo presidente, Luis Fernando Velasco, no ha citado al Senado para hacerlo.

Si finalmente se crea, el presidente de la misma tendrá dos días más desde cuando le llegue el expediente, para repartir el asunto por sorteo entre los siete senadores miembros de esa Comisión. El que quede de ponente se empezará a llamar senador - instructor de ese caso.
 
Si no, se archiva
Si la mayoría de los Representantes a la Cámara no acepta la acusación, se archiva y hasta aquí llega el proceso contra Pretelt.
 
Un senador de la Comisión de Instrucción estudia y decide

Sin plazo

El Senador- Instructor debe estudiar el expediente y presentar un proyecto de resolución admitiendo o rechazando la acusación. La ley no establece cuánto tiempo puede demorarse en ello pero, como mínimo, tendrá que leer y estudiar un expediente que hoy tiene unas 5 mil páginas. Encima, si todo lo demás fluye sin demoras, este momento caería en el período cuando no hay sesiones del Congreso, que va del próximo 16 de diciembre al 16 de marzo del 2016. Mejor dicho, en este paso se irían meses.
 
Comisión de Instrucción decide

Plazo: 2 días

Luego de que el Senador ponente presenta su proyecto de acusación, éste deberá ir a la Comisión de Instrucción del Senado. Allí, los otros seis miembros que la integran decidirán si aceptan o no el proyecto del Senador Instructor.
 
Si no, se archiva
Si el Senador decide no aceptar la acusación, presentará un proyecto para cerrar la investigación.
 
Presidente del Senado

Plazo: 2 días

Si la Comisión acepta un proyecto para admitir la acusación, le envía ese informe al presidente del Senado, que actualmente es el liberal Luis Fernando Velasco, quien debe citar a la plenaria para que lo estudie.
 
Si no, se archiva
Si la Comisión de Instrucción de Senado no acepta el proyecto de acusación del Senador Instructor, el proyecto se archiva y hasta aquí llega el proceso contra Pretelt.
 
Plenaria de Senado decide

Plazo: 5 días

La plenaria tiene 5 días para decidir si acepta la acusación. Al igual que en el caso de la Cámara de Representantes, la ley no contempla la mayoría que tendría que haber para la votación, por lo tanto tendrá que ser la ordinaria que tiene un quorum decisorio de 52 senadores y la mayoría de ellos tendrían que votar a favor de la acusación para que, ahora sí, arranque un juicio en contra de Pretelt en el Senado.
 
Arranca el juicio y Pretelt quedaría suspendido

Plazo: 20 días

Si la Plenaria acepta la acusación, el Presidente del Senado tiene que agendar una fecha para una audiencia pública de juzgamiento, que se realizará así Pretelt no esté presente. La audiencia no puede arrancar antes de veinte 20 días ni después de 60 días, contados a partir de la fecha en que la plenaria aceptó la acusación; pero, en la práctica, las audiencias se pueden demorar varios días e incluso semanas en los procesos penales.
 
Si no, se archiva
Si la Plenaria del Senado decide no aceptar la acusación de la Comisión de Instrucción de Senado el proyecto se archiva y hasta aquí llega el proceso contra Pretelt.
 
Recusaciones

Plazo: 6 días

Tanto la defensa de Pretelt como la acusación (que caería en cabeza del representante Bedoya, que actuaría como un fiscal) pueden recusar senadores, es decir, pueden solicitar que algún senador se abstenga de tomar parte en el proceso porque tiene una inhabilidad o un impedimento. Algo que si bien no es seguro que se de sí es usual. De hecho, la defensa de Pretelt recusó a la la representante Angélica Lozano en la Comisión de Acusaciones de la Cámara. En ese caso, hay 6 días para que el que recuse sustente la recusación, y luego un plazo indefinido para que la Plenaria o la Comisión decida.
 
Sesión privada

Sin plazo

Terminada la audiencia pública, los senadores se quedan solos para debatir su decisión, ya sin presencia del acusador, el acusado y su defensor. Puede ser cuestión de minutos o de días porque cualquier Senador puede pedir que se lea la lectura alguna parte del expediente (que ya tendrá más de las 5 mil páginas de hoy). Al final, la decisión se debe tomar por dos tercios de los senadores presentes (es decir, según cuantos estén ahí, se necesitarían entre 35 y 67 votos), que pueden decidir si el acusado es culpable o inocente de cada uno de los cargos que estén incluídos en la acusación.
 
Audiencia Pública en el Senado

Sin plazo

"Una vez se defina el día y la hora en que se va a hacer la audiencia pública, los Senadores podrán interrogar al acusado, pues son sus jueces, sobre lo relacionado con los hechos investigados. En el debate podrá hablar el acusador, el acusado y su defensor, cada uno con posibilidad de intervenir hasta dos veces, en ese mismo orden, en desarrollo del debate.

En esta etapa también se pueden recibir declaraciones de testigos, que se podrán dar ante todo el Senado, ante su Presidente o ante la Comisión de Instrucción, según lo que decida la plenaria. Como es usual que los testigos no lleguen el día que son citados, y además el Senado tendrá otros asuntos que tratar, es posible que esta etapa tarde mucho.

Y es que, aunque esta audiencia no tiene plazo, sirve de referente la demora de seis meses que tardó el proceso de investigación de este mismo proceso en la Comisión de Acusaciones de la Cámara y recolección de pruebas hasta antes de formular la acusación."
 
Elaboración del proyecto de sentencia

Plazo: 30 días

Se pasará la actuación a la Comisión de Instrucción para que redacte el proyecto de sentencia en un término improrrogable (el único de todo el proceso) de quince días. Si el Senado rechaza ese proyecto de sentencia, puede modificarlo direcyamente, si no lo hace, puede elegir nueva Comisión para que elabore el proyecto de sentencia en otros quince días. Presentado el proyecto por la nueva Comisión, el Senado lo someterá a su consideración aprobándolo o improbándolo.
 
Si no, se archiva
Si el Senado decide no aceptar la acusación, el proyecto se archiva y hasta aquí llega el proceso contra Pretelt.
 
Ejecución sentencia
La ejecución de la sentencia se hará comunicándola a quien puede nombrar o destituir al condenado y, si incluye la privación temporal o pérdida absoluta de los derechos políticos, al Registrador Nacional del Estado Civil.
 
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