Por primera vez se va a votar una consulta popular nacional. Si pasa no se convierte en una norma sino que ordena a las autoridades a que la conviertan en leyes. Por eso no es fácil saber cuales serían sus efectos.
Lo que podría pasar si usted vota 7 veces sí
Este domingo se votará, por primera vez en Colombia, una consulta popular nacional. Como una consulta no se convierte directamente en una norma sino que es una orden a las autoridades para que lo hagan, y como se ha armado una polémica alrededor de sus siete propuestas, no es fácil saber cuáles serían los efectos de que sea aprobada.
La incertidumbre es mayor porque lo que pase dependería, en buena medida, de cómo la implemente el Congreso y el Gobierno. Sobre todo porque en cada una de sus preguntas hay margen para que se regule de diferentes maneras y debido a eso hoy no se puede hablar tanto de efectos como de implicaciones, que, en todo caso, también se mueven en un margen especulativo.
Estas serían las principales:
Se perfilaría un nuevo camino para reformar la Constitución
Como explicó Rodrigo Uprimny en su columna del domingo pasado en El Espectador, dos de las siete preguntas de la consulta implican cambios a la Constitución, la primera y políticamente más atractiva, que reduce el salario de los congresistas, y la última, que limita su reelección en una misma corporación a tres períodos.
Si pasa el umbral por lo menos una de esas preguntas, en sus palabras, “estaríamos en un difícil dilema jurídico por cuanto la consulta popular no es un mecanismo de reforma de la Constitución, pero el pueblo habría ordenado que esa reforma se hiciera”.
Eso se debe a que la consulta nacional no se pensó para reformar la Constitución sino para que las personas den órdenes a un Presidente tales como “negocie con la guerrilla” o “reduzca los impuestos de las empresas”. Es decir, decisiones que se den en el marco de la Constitución.
En cambio los otros mecanismos de democracia directa, como el refrendo o el plebiscito, sí se pensaron como una vía para cambiar la Constitución y por eso la Corte Constitucional revisa las preguntas antes de que se voten, y así se asegura de que no violen la Constitución ni manipulen a los electores.
En principio, las autoridades deben ejecutar lo que ordena una consulta, y por eso si pasa alguna de esas preguntas el Gobierno y el Congreso deberían reformar la Constitución para implementarlo.
Pero, de hacerlo, se abriría la puerta a consultas futuras para, por dar ejemplos, convertir Colombia en una monarquía hereditaria, crear la pena de muerte para algunos delitos, crear la reelección indefinida de un presidente o penalizar las relaciones homosexuales, cosas que no pasarían en la Corte Constitucional por ir contra varios ejes esenciales de la Constitución, como que Colombia es una república.
Incluso si las preguntas no pasan el umbral, quedan los debates sobre el uso de una consulta para reformar la Constitución y sobre la falta de revisión previa de sus preguntas, por lo que Uprimny y Diana Rodríguez proponen aprovechar esta ocasión para que quede claro que sí es obligatoria.
El lío es que si la consulta obtiene varios millones de votos, será más difícil cerrar esa puerta.
La corrupción puede crecer o desaparecer como tema
El resultado de una consulta que pone a la corrupción en el centro del debate político también vaiticina si ese tema se vuelve más o menos protagonista.
Si llega a pasar el umbral de más de 12 millones de votos sería un tsunami sin precedentes en la política colombiana, pues serían más apoyos que los que ha sumado cualquier persona en el país.
Si, supera los 8 millones de votos de Gustavo Petro, seguramente mantendría fuerza, pues mostraría que es capaz de convocar más gente que el candidato alternativo en una segunda vuelta, cuando todo el país está pendiente de las elecciones.
En cambio, si saca menos votos que los poco más de 4 millones de firmas que recogieron sus promotores, las corrupción probablemente perdería protagonismo.
El Estado podría perder un incentivo de enganche de funcionarios, sobre todo en la Rama Judicial
Una de las principales implicaciones de la primera pregunta es que puede haber menor atractivo para que personas bien preparadas lleguen al Estado. Eso no tanto por los congresistas, que llegan por elección popular, sino porque otros funcionarios tienen sus ingresos atados a los de los congresistas, especialmente en la rama judicial.
De acuerdo a la Ley 4 de 1992 los magistrados de Altas Cortes, el Procurador, el Contralor, el Fiscal, el Defensor del Pueblo y el Registrador ganan lo mismo que los congresistas.
En la Fiscalía y la Rama, los cargos siguientes ganan en proporción a sus cabezas, y por eso la reducción podría afectarlos - aunque eso dependería de cómo implementen el Congreso y el Gobierno una votación a favor de esta pregunta.
Lo que no necesariamente implica que los ministros y otros altos funcionarios pasen a ganar más al igualarse con los congresistas, como dijo la Revista Semana en un confidencial.
Eso porque si bien la pregunta los menciona implícitamente cuando habla de “altos funcionarios del Estado señalados en el artículo 197 de la Constitución Política”, no dice que vayan a ganar 25 salarios mínimos sino que ese es el máximo de lo que pueden recibir.
No habría más corruptos en guarniciones militares
Una de las grandes implicaciones de que se apruebe la segunda pregunta es que se prohibiría que las personas condenadas por delitos contra la administración pública, lo que incluye la corrupción en el sector público, paguen su pena en lugares diferentes a una cárcel.
El efecto no sería que pierdan el beneficio que se conoce como “casa por cárcel”, pues ya está prohibido para esos delitos desde el Estatuto Anticorrupción de 2011. Lo que se acabaría sería estar en guarniciones militares, como el contratista Emilio Tapia quien estuvo en una en Malambo, a las afueras de Barranquilla; el del también contratista Andrés Jaramillo, en el Centro de Estudios Superiores de la Policía; el de Samuel Moreno; o el de Otto Bula.
Los corruptos perderían todos sus contratos con el Estado
La otra implicación importante de la segunda pregunta sería endurecer las sanciones a los contratistas corruptos.
Al leer la pregunta inicialmente parecería que repite las que ya existen como perder el contrato en el que incumplan sin indemnización a través de una figura llamada caducidad que está en la Ley 80, la que regula la contratación pública.
En esa ley también existe una forma de terminar todos los contratos de las personas condenadas por los delitos que el Estatuto Anticorrupción señala, a través de una inhabilidad para ellos y las sociedades en las que participen como “administradores, representantes legales, miembros de junta directiva o de socios controlantes, a sus matrices y a sus subordinadas y a las sucursales de sociedades extranjeras”.
Por eso, de aprobarse, el mandato sería que el Estado endurezca la inhabilidad que hoy es de 20 años para que sea ilimitada en el tiempo, y para que quede claro que cuando se produzca esa inhabilidad (es decir, cuando alguien sea condenado por corrupto) se deba declarar siempre la caducidad de todos contratos.
La contratación sería más uniforme, con ventajas y desventajas
La tercera pregunta busca que todas las entidades públicas tengan que usar los llamados pliegos tipo, que son requisitos estándar de contratación según el objeto de lo que necesita el Estado.
Eso, en principio, es deseable, porque así se evitarían los pliegos hechos a la medida del contratista que quiere beneficiar un funcionario corrupto, que es una de las formas más usuales de quedarse con plata pública. Por eso, implicaría menos espacio de maniobra para ese tipo de corrupción, una medida que está en la ley desde enero pero solo para los contratos que sean de infraestructura y con plata de la Nación.
También implicaría que alguna entidad se encargue de elaborar esos pliegos tipo, lo que crearía un superpoder en la contratación pública, más fácil de vigilar pero que de caer en manos de corruptos podría hacer estragos.
Pero también implicaría que no había ningún margen para que las entidades adecuaran los pliegos a necesidades que pueden ser diversas, o que solo lo podrían hacer convenciendo a la entidad encargada de hacer los pliegos tipo que en su caso se deben aplicar otros.
Por ejemplo, habría que definir cómo hacer pliegos tipo que apliquen sin problema para construir un aula de clase rural en el Guainía y en Boyacá, por ejemplo.
Un presupuesto más popular, pero menos organizado
La principal implicación de la cuarta pregunta sería que la decisión de en qué se gasta todo el presupuesto de inversión, como el que se va a hacer obras y no a pagar la nómina del Estado, la tomarían los ciudadanos y los políticos del caso (concejales si es municipal o distrital, diputados si es departamental y congresistas si es nacional).
Eso tiene varias implicaciones importantes.
Una es que la ciudadanía ganaría poder y sus representantes lo perderían.
Otra es que ese nuevo poder ciudadano probablemente se convertiría en una nueva fuente de puja política. Aunque dependería de la reglamentación, la implicación es que queda un nuevo poder por repartir, y que definir quién asistiría a las audiencias, cuándo o dónde se harían y otros detalles podrían llevar a que algunos grupos se queden con ese poder.
Una más es que el presupuesto que saldría al final podría ser más popular, al responder a deseos de los ciudadanos de a pie, pero que eso podría tener el costo de hacer obras menos necesarias pero más atractivas, como piscinas de olas; de corto plazo para satisfacer necesidades inmediatas y menos de largo plazo, por la necesidad de planeación; o más pequeñas para cada grupo de presión y menos beneficiosas para toda un municipio.
Por último, la implicación mayor es que dejaría a los gobernantes sin la principal herramienta para aplicar su plan de gobierno, que es el presupuesto de inversión. Por ejemplo, un alcalde que se compromete en campaña a construir una nueva plaza de mercado, no tendría en sus manos la posibilidad de asegurar que se haga.
Más información sobre lo que hacen congresistas, diputados y concejales
La quinta pregunta, que busca que los congresistas, diputados, concejales y ediles sean más transparentes, implicaría más información pública sobre ellos.
Sin embargo, eso no necesariamente implicaría menos corrupción, pues ya los congresistas deben presentar una declaración de impedimentos y negocios particulares y eso no ha obstado para que se presenten casos como el del bernardo ‘Ñoño’ Elías y Odebrecht.
Tampoco implicaría necesariamente que los políticos revelaran qué intereses particulares gestionaron o para qué cargos públicos presentaron candidatos, como exige la pregunta, pues no es claro cómo se podría reglamentar de tal forma que no lo ocultaran.
Los funcionarios elegidos por voto tendrían menos protección de su información económica
La sexta pregunta busca que todos los electos por voto popular hagan públicas sus principales declaraciones económicas (de bienes, renta, impuestos y patrimonio) y la de conflicto de interés, antes de posesionarse. Hoy, si bien las den presentar, son totalmente privadas.
Si bien eso implicaría conocer mejor sus economías, no necesariamente implicaría “hacer públicas las propiedades e ingresos injustificados de los políticos elegidos”, como dice el título de la pregunta.
Eso porque no crea ningún incentivo para que revelen la información que tenga oculta y, aunque daría información para que veedores, periodistas o rivales políticos los investiguen, probablemente crearía otro incentivo para esconderla todavía más.
Los políticos rotarían más de cargos
La última pregunta, además de ser una de las que abriría la puerta a la duda sobre la reforma a la constitución, implicaría un cambio en las costumbres políticas pero no necesariamente menos “atornillados en el poder”, como dice la introducción en el tarjetón.
Eso porque lo que hace es prohibir que una misma persona esté más de 3 períodos (12 años) en una misma corporación, pero no que esté en varias. Así, una persona puede estar 12 años en un concejo, 12 en la Asamblea, 12 en la Cámara y 12 en el Senado, lo que suma una carrera de 48 años.
Eso implciaría que figuras emblemáticas como Roberto Gerlein o Jorge Robledo tuvieran que salir del Senado, pero no necesariamente que salgan de la política. Incluso sin la práctica de “heredar” curules a familiares, que beneficiaría más a viejas casas políticas que congresistas insignes como Robledo, a podrían decidir ir a la Cámara, lo que ayudaría a subirle el perfil a ésta, o volver a la política local.
En resumen, no necesariamente los sacaría del poder sino que haría más fluida la escalera del poder político que arranca en los concejos y llega al Senado.
También incentivaría más cambios entre las ramas, pues haría más llamativo para un senador no buscar la reelección y apostarle a ser ministro o gobernador, lo que puede hacer que personas con habilidades en control político lleguen a la rama ejecutiva así no tengan capacidades gerenciales, pero también oxigenaría las corporaciones.