La inseguridad jurídica que abre el Acuerdo con las Farc

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Los “Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)”  tendrán todos los elementos y definiciones sobre lo que se hará en el área rural del país.

El Acuerdo con las Farc es sumamente díficil en su redacción. El primer capítulo, sobre un “Nuevo Campo Colombiano”, es muy ilustrativo del resto del Acuerdo y de sus alcances. Da una idea de lo que significará tener este texto como parte de nuestro “bloque Constitucional” y como agenda legislativa de Colombia por los próximos diez años y más allá.

Al comenzar este capítulo, y entre los 14 párrafos de “Consideraciones”, con gran modestia, el Acuerdo declara que “la Reforma Rural Integral (RRI) sienta las bases para la transformación estructural del campo…”.  Luego vienen 13 párrafos de “Principios”.  Después, los “Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)” que básicamente tendrán todos los elementos y definiciones sobre lo que se hará en el área rural del país y los cuales se incorporarán, por mandato del Acuerdo, automáticamente, en el Plan Nacional de Desarrollo. Luego viene la obligación de parte del gobierno de implementar 13 planes nacionales sobre todo tipo de aspectos del campo.  El resto del capítulo incluye la creación de instancias, juridicciones, comites, subsidios, que comprometen al gobierno a ejecutar una especie de hiper burocrática y anárquica política rural.

Una mirada aparte merece la creación de un “Fondo Nacional de Tierras” con 3 millones de héctareas para su distribución gratuita. Dado que Colombia tiene actualmente apenas 7,1 millones de héctareas cultivadas, o que el total de baldíos adjudicados desde los años sesenta es de apenas 1,7 millones, se puede dimensionar la magnitud de buscar 3 millones. El Acuerdo contempla que la tierra para este fondo puede tener muchas fuentes, incluyendo “tierras recuperadas… por incumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad” y “tierras adquiridas o expropiadas por motivos de interés social o de utilidad pública, adquiridas para promover el acceso a la propiedad rural, con la correspondiente indemnización”.  Esto, por supuesto, abre un enorme boquete de inseguridad jurídica sobre la propiedad de la tierra.  Lo más interesante es el proceso de selección de los beneficiarios de estas tierras gratuitas, por parte las “comunidades locales”, desde donde las Farc podrán promocionarse políticamente.

Se suma la “formalización de la propiedad” de 7 millones de héctareas que ocupa o posee la población campesina en Colombia que de nuevo, es díficil entender en donde están y de donde saldrán. Este conjunto de 10 millones de héctareas serán inalienables e inembargables por 7 años, esto, por lo tanto, sacará del mercado todas las tierras potencialmente sujetas de pertenecer a cualquiera de los dos grupos.

Muchos pensarán que por lo claramente irrealizables, los compromisos plasmados en el Acuerdo no son para cumplir y que eso lo entienden tácitamente los firmantes. Pero, dice el Acuerdo, para todos los compromisos que el estado adquiere en el capítulo del RRI, “El Gobierno nacional destinará los recursos necesarios para garantizar el diseño y ejecución de los planes de acción para la transformación estructural..”  Esto estará sujeto a “mecanismos generales de verficación y seguimiento… para garantizar que lo que se acuerde, se implementa y se cumple.”  Adicionalmente, como el Acuerdo es parte del “bloque Constitucional”, los incumplimientos se podrán demandar ante la Corte Constitucional.

Entonces, en su intento de obedecer el capítulo de RRI del Acuerdo, para cubrir los incuantificables subsidios, gastos en compra de tierras, pagos de todos los planes, programas, instancias, comites, etc., el ejecutivo destinará abundantes recursos públicos que, aunque no sumarán ni una fracción de lo estipulado en el Acuerdo, comprometerán las muy debilitadas finanzas públicas de aquí en adelante, imposibilitando cualquier gasto social. A pesar del más gigántesco de los esfuerzos posibles, el gobierno siempre estará incumpliendo, y por lo tanto, siempre estará a la defensiva.

Este gasto ilimitado, asignado por las Farc en nombre de las “comunidades del campo”, les permitirá ejercer un permanente proselitismo político. Los grandes recursos públicos volcados hacia el sector rural, dispersos, atomizados, carentes de priorización, no tendrán mayor efecto ni sobre el desarrollo económico ni sobre el bienestar de la población.  El agro colombiano continuará teniendo un tamaño global muy modesto, con unidades de producción muy pequeñas de muy baja productividad.

Toda actividad económica rural privada, al igual que la pública, estará sujeta a encuadrar dentro de los PDETs, que determinarán lo que se podrá sembrar, dónde y cómo, de acuerdo a los numerosos comités de concertación, de participación directa, instancias de decisión sobre la vocación, el uso social, la actividad laboral, el impacto ecológico, todo definido por la multitud de comites, instancias y demás.  Para rematar, lo que parecen generalidades y buenas intenciones, abrirán el camino para interpretaciones disímiles y muy conflictivas sobre lo que en la práctica significa esa montaña de palabras que es el Acuerdo.  La inseguridad jurídica congelará por la próxima década la inversión privada en el campo.

Esta cacofonía de lineamientos, estamentos, instancias, que sin ningún respaldo democrático serán impuestos sobre la Colombia rural por el pequeño grupo de personas que dirigen las Farc, perpetuarán la pobreza de millones de campesinos, limitarán sus oportunidades futuras y la posibilidad de lograr un soñado bienestar económico. Mientras tanto sorprende la pasión con la cual frente a la Corte Constitucional algunos senadores y el Ministro del Interior discuten sobre la Ley Zidres. Parecen ignorar que si se aprueba el Acuerdo, la legislación agraria en adelante se trasladará a los PDETs, los cuales dejarán sin efecto la Ley Zidres así como todo el resto de leyes referentes al campo y, en este sentido, harán irrelevante su actividad futura como congresistas.

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Paz

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