La misión de descentralización, un papayazo para que los servicios públicos sean sostenibles
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Desde hace varios años hemos discutido la pertinencia de revisar los arreglos institucionales de nuestro proceso de descentralización. Pero solo este año, creo, esta discusión comenzará a tener frutos a través de la Misión para analizar y proponer cambios al proceso de descentralización, que quedó doblemente formalizada, mediante el artículo 10 de la Ley de Regiones (Ley 1962 de 2019) y en el capítulo XVI del Plan de Desarrollo (Ley 1955de 2019).
El país tiene arreglos organizacionales a nivel territorial que, a pesar de que las leyes los omitan o promuevan, hoy subsisten de facto, como son las regiones y las provincias. El caso de las regiones es interesante, pues en los 90s se terminaron los Corpes por “problemas de tipo legal, funcional y de recursos”, como lo dejó consignado el entonces director del DNP, Mauricio Cardenas (El Tiempo, 17 Dic,1999). Sin embargo, las regiones subsistieron de manera informal, hasta que en 2014 se logró revivir la primera, que convoca a los departamentos de Boyacá, Cundinamarca, Tolima, Meta y el Distrito Capital. Hoy tenemos 4 creadas (Centro -RAPE-, Pacifico, Eje Cafetero, Caribe) y un numero similar en gestación.
Otro ejemplo son las provincias, bastante importantes para el desarrollo municipal de los departamentos andinos de Norte de Santander, Santander, Boyacá y Cundinamarca, donde a pesar del tiempo, aún determinan la planificación y la colaboración entre municipios de la misma provincia. A esta figura se le agrega el caso de la Provincia de Cartama (Sur Oeste Antioqueño), curioso por ser el primer caso de creación en el marco de la Ley de Ordenamiento Territorial expedida en el 2011.
No debemos olvidar que la Constitución de 1991 (Art. 286) es clara en definir que en el país existen cuatros tipos de entes territoriales: departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas, pero que, en adición a estos, mediante Ley se podrán crear las regiones y las provincias, como entes territoriales. Su transición a Entes Territoriales aún está por definirse. Lo que sí se ha avanzado, es que mediante la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (Lay 1454, 2011), se promueve la creación de asociaciones territoriales y se creó la figura de las provincias administrativas y de planificación, aún en proceso de reglamentación.
De la mano de aclarar cómo operan las figuras regionales con esos entes territoriales, la Misión debería hacer un especial énfasis en la sostenibilidad económica de la infraestructura y la prestación de los servicios públicos por medio de figuras que promuevan el trabajo articulado entre municipios, como las regiones y las provincias. Como en efecto lo recomienda la OECD en su documento “Descentralización Asimétrica: Implicaciones de Política para Colombia”, de reciente publicación (2019).
Por ejemplo: revisando los datos de la Superintendencia de Servicios Públicos, en el país hay registradas algo más de 2000 empresas prestadoras del servicio de agua potable y sólo 12.5% tienen más de 2,500 usuarios. ¿Será que, con este número de usuarios, la empresa es sostenible? ¿Cuál debe ser el número óptimo de usuarios para hacerla sostenible? Preguntas que espero que la Misión tenga presente, y ayude a responder.
Revisando la bibliografía, hay casos interesantes de países que han promovido el trabajo articulado entre municipios para la prestación de servicios como acueductos, manejo de residuos sólidos, mantenimiento vial o planificación. El texto de la Ocde, de manera particular menciona a los países Nórdicos (Finlandia, Suecia, Noruega y Dinamarca), España, Francia, Polonia y República Checa, que han desarrollado procesos de descentralización basados en servicios compartidos y cooperación entre municipios. Resaltando, el último, donde “los municipios más grandes, pueden prestar los servicios en los más pequeños, sin que medien acuerdos adicionales”.
Esta discusión se vuelve aún más relevante, si tenemos presente que la Ley del PND en dos de sus artículos, el 249 y el 251, sienta las bases para un trabajo en el que los municipios colaboren entre sí. El primero, permitiendo a los esquemas asociativos territoriales (regiones, provincias, asociaciones) prestar servicios públicos y presentar proyectos al sistema general de regalías, y el segundo, autoriza a que un municipio pueda invertir en otro municipio (Articulo 251, Concurrencia del gasto).
Discusión que va de la mano, con una de las temáticas centrales del premio a la investigación en políticas públicas “Luis Carlos Sarmiento Angulo” en su cuarta edición: mejoras en la calidad del gasto territorial-descentralizado,
En conclusión, la Misión de Descentralización, siendo una gran oportunidad para discutir a profundidad los temas políticos, legales, sociales y fiscales asociados al desarrollo del territorio, no debería dejar de lado el tema de la sostenibilidad económica en la prestación de los servicios públicos. Aspecto que promovería una descentralización que tenga como eje central al ciudadano, que se ve beneficiado por servicios públicos eficientes y sostenibles.
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